El Ministerio de Salud por medio de la modificación de un acuerdo, suspendió las clases presenciales o híbridas en los municipios con alerta roja y naranja. Además, los centros escolares en alerta amarilla deberán incrementar las medidas de bioseguridad.
Redacción Perspectiva
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó este lunes 23 de abril en el Diario Oficial una reforma al Acuerdo Ministerial número 300-2020 de fecha 22 de diciembre de 2020, que establece la Norma Sanitaria para la Prevención y Control de Infecciones por SARS-COV2 y otras Epidemias, para los Centros del Sistema Educativo Nacional.
Las modificaciones a la normativa busca aumentar las medidas de prevención ante la posible nueva ola de contagios en el país.
La reforma indica que todos los establecimientos del sistema educativo nacional que estén en municipios con alerta roja y naranja no podrán impartir clases presenciales, y los niños tendrán que recibirla a distancia o desde casa.
Cuando se restablezcan las clases en los municipios en alertas roja y naranja, quedarán prohibidos los recreos, educación física y actividades cívico culturales no están permitidas.
Asimismo, la alimentación escolar queda suspendida en alerta naranja, al igual que en los municipios con alerta roja en donde solo se permitirá alimentos para llevar.
El transporte escolar en alerta naranja no se permite mientras que en alerta amarilla esta autorizado con una ocupación del 50% y en verde con ocupación del 75%.
En el acuerdo quedaron modificados el artículo 7 y el artículo 9 que establece lo siguiente:
Desarrollo de capacidades y educación en Salud (Anteriormente decía solo capacitación).
Todo centro educativo, según artículo 9, deberá establecer un programa de capacitación mensual documentado para los directores, docentes, personal administrativo, estudiantes y padres o responsables de estudiantes en los siguientes puntos:
a) técnica de higiene de manos
b) uso adecuado de la mascarilla y tapabocas
c) prevención de infecciones respiratorias
d) identificación de casos sospechosos de COVID-19
e) técnicas y procedimientos de limpieza y desinfección (quitó “de espacios físicos, material y equipo”;
f) mantenimiento de aforos y distanciamiento físico seguro.
Así mismo, el programa de desarrollo de capacidades (antes decía capacitación) incorporará la atención con inclusión, con pertinencia cultural y lingüística.
El nuevo Acuerdo Ministerial entra en vigor a partir del 23 de marzo del 2021 y es de aplicación general.
