Un mensaje en la cuenta de Twitter de la Procuraduría General de la Nación (PGN) señala a dos organizaciones no gubernamentales de intentar manipular a la CIDH. El mensaje señala: “Ante la manipulación pretendida por ICCPG y CEJIL, y por respeto a la opinión pública, la representación del Estado en el Proceso ante la CIDH del caso Ruiz Fuentes, aclara”.
Redacción
Hoy, la PGN emitió un comunicado en el cual explica porque la Comisión interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no debiera solicitar nuevas medidas cautelares para tres miembros de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) debido a que la misma Corte resolvió la desestimación de las medidas otorgadas por el caso Ruiz Fuentes, como consta en la consta en la resolución de la CIDH con fecha 2 de septiembre.
De acuerdo al comunicado de la PGN, la resolución de la Corte con fecha 2 de septiembre, notificada al Estado el pasado 8 de octubre del 2020, resolvió:
“La desestimación de la solicitud de medidas provisionales, valorando como positivo que el Estado haya designado un “esquema de seguridad” a favor de cada uno de los tres fiscales de la FECI (…), que los mismo se han modificado conforme las necesidades que los análisis de riesgo han reflejado”, indica el documento de la PGN.
Las organizaciones no gubernamentales que trabajan con temas de justicia , Centro de por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG) habrán presionado a la CIDH para que se otorgue nuevamente mediad a dichos fiscales, quienes se sienten amenazados y amedrentados por una suma de demandas en su contra y criticas en redes sociales que ellos perciben como hostigamiento.
Según la PGN, el Estado guatemalteco ha cumplido brindando protección ha estos fiscales por lo cual no procede la injerencia de la CIDH en este tema.
Por lo tanto, la PGN considera que la CIDH debe actuar de acuerdo a los principios de complementariedad y subsidiaridad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos que indica que “únicamente puede intervenir cuando los Estados no cumplan con las obligaciones contraídas o no lo hayan hecho de forma adecuada”.
Tal como determina la misma CIDH, en su resolución del 2 de septiembre:
“…corresponde a la Comisión Interamericana y a este Tribunal abstenerse de intervenir en dichos asuntos cuando los Estados actúen de conformidad con sus obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos”.
A continuación el comunicado de la PGN:
