Con 128 votos a favor, el Congreso de la República dio por aprobada la Ley de Tarjetas de Crédito, a la cual le corresponde el Decreto 2-2024. El objetivo de la Ley tiene es regular las operaciones de tarjeta de crédito, las relaciones entre emisor, afiliado y tarjetahabiente, los mecanismos de protección del usuario financiero de tarjeta de crédito, así como su régimen sancionatorio.
Redacción Perspectiva
La Ley establece todo lo relativo al contrato entre el emisor y el tarjetahabiente, entre esto, se toman en cuenta 19 cláusulas a tomar en cuenta como límite de crédito, plazo del contrato, tasas de interés, comisiones, derechos y obligaciones de ambas partes, fecha límite de pago, pago mínimo, y otros temas importantes.
Además, el emisor de la tarjeta de crédito, previo a conceder una línea de crédito o modificar el límite de una línea de crédito, debe confirmar que el solicitante tenga la capacidad de pago respectiva.
Esta normativa también se refiere a los extrafinanciamientos, convenios de pago, intereses por financiamiento, interés por mora, transparencia financiera, entre otras importantes regulaciones.
Con relación a los convenios de pago, por medio de una enmienda, se estableció en el Artículo 11 de la Ley, que los emisores deberán celebrar convenios de pago cuando los tarjetahabientes no puedan responder a dos o más pagos oportunos o cuando la deuda contraída haya arribado al 150% del límite autorizado.
#URGENTE: los diputados de la #XLegislatura aprobaron la #LeyDeTarjetasDeCrédito. 💳
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— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) February 16, 2024
Además, cuando no se esté de acuerdo con la modificación de la tasa de interés establecida por el emisor o cuando las condiciones del contrato original varíen y afecten al usuario. En este caso, los intereses se calcularán sobre el monto inicial del saldo crediticio.
La normativa también da derechos y obligaciones del emisor, afiliado y tarjetahabiente, se contemplan los comprobantes de transacciones y estados de cuenta, y algo muy importante es lo relativo al robo, hurto o extravío de la tarjeta de crédito. Específicamente el Artículo 23, establece que el seguro es opcional para los usuarios, no obligatorio.
Según informó el Organismo Legislativo, la educación financiera es otro tema que se busca reforzar con esta normativa aprobada, ya que los emisores deben promover programas dirigidos a los usuarios. Incluso la Dirección de Atención al Consumidor (DIACO), la Superintendencia de Bancos y el Ministerio de Educación, en conjunto con los emisores de tarjetas de crédito, deben organizar de forma anual la «Feria de Educación Financiera».
En tanto, el capítulo V, establece las infracciones y sanciones administrativas, delitos relacionados a tarjetas de crédito como la clonación de las mismas, uso de tarjeta de crédito o débito ilegal, distribución y comercialización de tarjeta de forma ilegal, uso fraudulento y circunstancias agravantes.
LA POSTURA DEL SECTOR FINANCIERO DEL PAÍS
Destacaron que, un sistema de pagos con reglas claras trae consigo ventajas significativas: reduce el riesgo de fraude, promueve la bancarización, mejora la inclusión financiera, incrementa las ventas en los comercios, disminuye el mercado informal, combate el lavado de dinero, permite un adecuado acceso al crédito y fortalece la recaudación fiscal, como hemos visto en Guatemala recientemente.
En este sentido, manifestaron que, para asegurar un uso sano de estos instrumentos, es crucial que la regulación se base en criterios técnicos que no solo promuevan una operación financiera eficiente, sino que también protejan los derechos de los consumidores y garanticen transparencia y libre competencia en el mercado.
Cámara de Finanzas de Guatemala, sobre la aprobación de la iniciativa 5544 que dispone aprobar la Ley de Tarjetas de Crédito, manifiesta: pic.twitter.com/KbXGaRRgGj
— Cámara de Finanzas Guatemala (@CamFinanzasGT) February 12, 2024
“La Constitución Política de la República de Guatemala y la legislación guatemalteca establecen que, en materia crediticia y financiera, el proceso legislativo debe estar respaldado por informes de las entidades técnicas correspondientes, incluyendo la Superintendencia de Bancos. Irrespetar estos procesos haría incurrir este proceso legislativo en ilegalidades, como ha sucedido en el pasado”, precisaron.
En esa línea, destacaron que, comprenden que la actual iniciativa de ley 5544 ha cumplido con ese debido proceso, involucrando entidades expertas y las autoridades correspondientes.
“Con reglas claras, cualquier sector opera con mayor transparencia y certeza, lo que es vital para asegurar la sostenibilidad crediticia, las actividades comerciales y el progreso económico del país. Lograr certeza jurídica es posible si las regulaciones cuentan con bases técnicas que protejan a los usuarios y no pongan en riesgo el crecimiento de las actividades comerciales y el desarrollo económico del país”, enfatizó la CFG.