Este lunes trascendió que, el Registro de Ciudadanos, del Tribunal Supremo Electoral (TSE) suspendió provisionalmente la personería jurídica del partido Movimiento Semilla. Esta suspensión se conoció previo a que los magistrados oficializaran los resultados electorales del 20 de agosto, en los que el binomio presidencial de dicho partido, integrado por Bernardo Arévalo y Karin Herrera, fueran electos como Presidente y Vicepresidenta, recibiendo 2.4 millones de sufragios.
Redacción Perspectiva
Sobre la resolución del Registro de Ciudadanos, los magistrados indicaron que no tienen conocimiento oficial, ya que se encontraban reunidos y se enteraron únicamente por vías no oficiales, por lo que prefirieron no abordar el tema, hasta tener conocimiento pleno.
En la resolución emitida por el Registro de Ciudadanos se detalla que la suspensión se realizó en «acatamiento a lo ordenado» por el Juez «A» del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, Fredy Orellana. Esta suspensión provisional corresponde a la personería jurídica del Comité para la Constitución del Partido Político Movimiento Semilla y del partido político Movimiento Semilla.
El caso fue presentado por el Ministerio Público (MP) en el mes de julio, en donde señalan que se dio seguimiento a denuncia presentada el 14 de julio de 2022 ante la Fiscalía de Delitos Electorales en la cual un ciudadano manifestó haber sido adherido ilegalmente al partido político Movimiento Semilla, indicando además que el 18 de mayo de dicho año también presentó la denuncia ante el Tribunal Supremo Electoral.

Aseveraron que, como parte de las diligencias de investigación se solicitó peritaje de grafía al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) que determinó a través de prueba científica que la letra y firma fueron falsificadas.
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¿Y EL AMPARO OTORGADO A SEMILLA?
El Movimiento Semilla interpuso un amparo preventivo en la Corte de Constitucionalidad (CC), que buscaba que el TSE no le diera cumplimiento a la orden del Juzgado Séptimo de Instancia Penal de suspender la personalidad jurídica de ese partido político y la CC otorgó amparo provisional a favor del Movimiento Semilla, por lo que el TSE no tuvo ningún impedimento para continuar con el proceso electoral.
Posteriormente, el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) otorgó amparo en definitiva este viernes 18 de agosto al Movimiento Semilla, que accionó en contra de la resolución del juez Fredy Orellana. Sin embargo, la CSJ aclaró que, «la resolución emitida no hace referencia alguna a la cancelación del proceso jurídico en curso ante el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal… Dicha instancia judicial continúa con su labor y jurisdicción correspondiente».
Es decir, la resolución de la Corte Suprema de Justicia únicamente aseguró la participación del Movimiento Semilla durante el proceso electoral en curso.
Según el Decreto 1-2023 del TSE: “Conclusión del proceso electoral de Elecciones Generales y de Diputados al Parlamento Centroamericano 2023, el treinta y uno de octubre del presente año, mediante decreto del Tribunal Supremo Electoral”.