En conferencia de prensa, el presidente Alejandro Giamatti dio a conocer que su decisión de vetar el Decreto 15-202, fue porque presentaba aspectos que vulneraban la Constitución Política de la República, además de presentar inconsistencias técnicas.
Redacción Perspectiva
El día 29 de abril en cadena nacional, Alejandro Giamattei expuso las principales razones que lo llevaron a vetar el Decreto 15-2020, aprobado por el Congreso de la República.
La decisión fue recibida en medio de la polémica generada por el amparo en contra de Giamattei por no sancionar y publicar el Decreto 15-2020.
De acuerdo con el presidente, el Decreto 15-2020, fue analizado detenidamente para evitar que fuera impugnado por inconstitucionalidad. Giamattei aseguró estar a favor del contenido del Decreto 15-2020.
Sin embargo, se encontraron serias incongruencias que de ser aprobado, atentaría contra los intereses de la población guatemalteca. Según dijo “contiene aspectos técnicos que hacen inviable su aplicación. Así como hay disposiciones que vulneran la Constitución Politica de la República de Guatemala. Lo cual haría que sea una ley que nazca muerta”
“Estoy a favor del espíritu del decreto 15-2020, del espíritu. Pero tenemos que entender que para el gobierno es prioritario atender a la población que está siendo afectada por esta crisis y garantizar la continuidad de los servicios esenciales”, indicó Alejandro Giamattei.
Los principales motivos para el veto fueron:
Primero, el Decreto no es claro al indicar quienes son los usuarios que deberán gozar de la protección.
Segundo, se obliga al Crédito Hipotecario Nacional a endeudarse sin indicar la fuente para su financiamiento. Lo que pone en gran riesgo al banco.
Tercero, La normativa no instruía al Ministerio de Finanzas Públicas que debía realizar asignaciones presupuestarias para su cumplimiento.
Cuarto, El Decreto 15-2020, carece de una disposición que establezca la obligación reglamentaria para el ente responsable de desarrollar la misma y el plazo de su emisión.
Asimismo contraviene los artículos 15, 43, 44 y 119 literal M, 240 y 253 de la Constitución.
Finalmente el presidente expresó su compromiso para garantizar la continuidad de los servicios básicos. Según indico, el Gobierno presentó la iniciativa de Ley, Medidas temporales de protección para la población de los efectos económicos causados por la pandemia del COVID-19, que es similar al Decreto 15-2020, aprobado por el Congreso de la República.
Para conocer la propuesta del Gobierno: https://bit.ly/2yZNtYs