La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público presentó una solicitud de retiro de antejuicio en contra de la jueza de Mayor Riesgo “D” Erika Aifán. El MP señala la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de deberes.
Redacción Perspectiva
Por medio de un comunicado el Ministerio Público (MP) dio a conocer la acción presentada por la FECI en contra de la jueza Erika Aifán.
De acuerdo con el ente investigador, la solicitud en contra de Aifán se debe una presunta responsabilidad en la comisión de los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de deberes.
“La solicitud de retiro de antejuicio se presentó en virtud que existen indicios con los cuales se pueden establecer que la jueza Aifán estando en funciones propias de su cargo, de forma continuada y teniendo pleno conocimiento de la ley, posiblemente ha abusado de su cargo y ha incumplido con sus deberes” indica el MP.
FECI señala a jueza
Además, enfatiza que Aifán actuó en “perjuicio de la administración de justicia al arrogarse la competencia sobre los hechos de la investigación del caso “Comisiones Paralelas 2020”, toda vez que la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que no existía solicitud de competencia ampliada para el expediente en mención”.
Finalmente, el MP señala que la solicitud se enmarca en cumplir con su labor objetiva e imparcial. Por tanto conforme lo establece la Ley en Materia de Antejuicio presentó la solicitud de retiro de inmunidad.

Aifán cerca de enfrentar juicio
El mes pasado, la jueza Aifán solicitó un amparo en contra del pleno que conoció el proceso de retiro de antejuicio en su contra.
Esto debido a que la togada considera que el magistrado Jaime Amílcar González de la Sala Tercera de Apelaciones no debió formar parte del pleno que siguió la solicitud de retiro de inmunidad.
Aifán reclama enemistad
De acuerdo con Aifán, existe una enemistad con el magistrado González, por lo que no considera adecuado que conociera la acción en su contra.
Sin embargo, la CC no consideró el argumento de Aifán y señala que no se presentaron pruebas suficientes que sustenten el argumento de la jueza.
“Resolviendo la petición que al respecto formuló en el escrito originario la postulante del amparo, por razón de que, a juicio de esta Corte, las circunstancias no lo hacen aconsejable y porque no se dan los supuestos que prevé el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, se deniega el amparo provisional solicitado” puede leerse en la resolución