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sábado, agosto 30, 2025

Cuándo es el último día para emitir facturas CF por compras de Q2,500 o más

A partir de este sábado 14 de enero entra en vigor el nuevo reglamento de la SAT que establece que toda facturas por compras de Q2,500 en adelante deben identificar al contribuyente.

Redacción Perspectiva

El uso de “consumidor final (CF)” no será permitido en la compra de Q2,500  o más, según el acuerdo gubernativo 12-2023 del Ministerio de Finanzas (Minfin).

El acuerdo, establece una reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual fue publicado el pasado 6 de enero en el Diario de Centro América.

A partir del 14 de enero, las facturas normales, especiales, de los Regímenes de Tributación Simplificada, y las notas de débito y de crédito.

El Ministerio de Finanzas (MinFin) a través de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), anunció la reforma.

Toda facturación de bienes y servicios a CF por montos menores a los Q2 mil 500, deberá consignarse con NIT o se consignará el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI). Mientras que las facturas por más de Q2,500 no podrá reportarse como CF.

 

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