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sábado, agosto 16, 2025

Hasta 3 años de cárcel para quien aborte en República Dominicana

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El Senado de la República Dominicana aprobó el Código Penal con Penas para el aborto. La Cámara Alta presentó un informe rechazando las observaciones del poder ejecutivo y favoreció la posición de las iglesias.


El presidente Danilo Medina había pedido que se establecieran excepciones a la penalización del aborto cuando la vida de la madre corriera peligro, cuando el embarazo fuese producto de una violación o incesto o se compruebe que el feto tenga una malformación incompatible con la vida.


El artículo 110 del Código Penal se refiere al aborto y en ese se eliminó un párrafo que mandaba a crear una ley especial.

Ese párrafo expresaba: “La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial”.

Se específica que el aborto se castigará con penas de dos a tres años de prisión, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude.  Del mismo modo al médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto. La pena sería de cuatro a 10 años.

Fuente: CNN

 

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