El uno de enero de 2019 entra en vigencia el Acuerdo Gubernativo 242-2018 que fija los salarios mínimos para actividades agrícolas, no agrícolas y de la actividad exportadora y de maquila, tras su publicación este viernes en el Diario Oficial.
Según la Comisión Nacional del Salario, durante las mesas de diálogo no hubo ningún acuerdo sobre un salario nuevo para los trabajadores, por lo que se mantendrán vigentes los de 2018.
El Acuerdo consigna que: “En congruencia con la necesidad de reactivar la economía del país, es conveniente fijar como salarios mínimos los mismos que rigieron para el año 2018″, y son los siguientes:
- Para las actividades agrícolas, el salario mínimo fijado es de 90.16 quetzales diarios, equivalente a 11.27 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional en jornada mixta o nocturna.
- Para las actividades no agrícolas, se fija el salario mínimo de 90.16 (11.27 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna).
- Para la actividad exportadora y de maquila, el salario mínimo queda establecido en 82.46 diarios (10.30 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna).
A ello hay que agregarle una bonificación de incentivo de 250 quetzales.
El Acuerdo Gubernativo 242-2018, puede encontrarlo completo, aquí:https://legal.dca.gob.gt/
La Cámara de Industria de Guatemala expresó que ve positivo el haber mantenido sin cambios el salario mínimo para el 2019, esto debido a la situación económica de Guatemala, falta de competitividad versus otros países y altos niveles de informalidad que afectan a nuestro país.
Fuente: AGN




































