El Ministerio de Salud publicó una nueva modificación al acuerdo que establece el nuevo Sistema de alertas sanitarias y disposiciones por la pandemia del COVID-19. Entre los cambios elimina el uso de mascarilla obligatoria en espacios abiertos.
Redacción Perspectiva
Este viernes 13 de mayo, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), publicó un acuerdo ministerial que modifica algunos artículos del recién publicado acuerdo que establece las nuevas normas encaminadas a la denominada “nueva normalidad”.
De acuerdo con el Acuerdo Ministerial 159-2021, el uso de masacrilla en espacios abiertos no será obligatoria. Además, detalla la apertura a la nueva normalidad a otros sectores.
Uno de los cambios fue modificar el indicador de porcentaje acumulado de vacunación esquema 2 dosis en mayores de 12 años, que anteriormente daba un punteo de 2 al rango comprendido entre >47 a <74 y ahora lo modificó y quedó >47 a <70.
Uso de mascarilla
Se realizó un cambio en el artículo 4 del 158-2022 que contienen las disposiciones sanitarias, además se refiere a la apertura de todas las actividades económicas, laborales, educativas en todos sus niveles, técnicas, de capacitación y de cuidado infantil, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emite las siguientes disposiciones sanitarias:
a) Higiene obligatoria de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón por un lapso mínimo de 20 segundos, o a través de la desinfección con alcohol liquido o en gel que posea al menos 70% de concentración.
b) Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
c) Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
Por último, el acuerdo indica que las disposiciones podrán ser reformadas según la evolución de la pandemia de Covid-19 y la nueva evidencia científica que se conozca.
“Las autoridades locales, en consenso con sus lideres locales y representantes institucionales y las entidades públicas a través de sus autoridades y las entidades privadas, a través de sus representantes, podrán aumentar y nunca disminuir las disposiciones sanitarias antes descritas, difundiéndolas oportunamente a la población, grupo o jurisdicción aplicables”, dice el acuerdo.