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Control en TSE amenaza la libre expresión, dice Cámara Guatemalteca de Periodismo | PERSPECTIVA
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miércoles, marzo 26, 2025

Control en TSE amenaza la libre expresión, dice Cámara Guatemalteca de Periodismo

El 27 de agosto, la Cámara Guatemalteca de Periodismo divulgó un llamado urgente para evitar que “disposiciones legales y reglamentarias en materia político electoral, que restringen y criminalizan el ejercicio de la libertad de emisión del pensamiento y que regulan la Unidad Especializada de Medios de Comunicación y Estudios de Opinión en el seno del Tribunal Supremo Electoral (TSE), creada para ejercer control sobre los medios de comunicación”.

Ante esta amenaza contra la libre emisión del pensamiento, la cámara mencionada enfatiza en que la Constitución de la República garantiza la libre emisión del pensamiento “por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa”.

El comunicado añade que ninguna disposición gubernamental ni ley pueden restringir este derecho constitucional, que está regulado en la Ley Constitucional de Emisión del Pensamiento.  Pese a lo anterior, cinco artículos de la reformada Ley Electoral y de Partidos Políticos, así como siete incisos del Reglamento de la Unidad Especializada en Medios de Comunicación y Estudios de Opinión del TSE, “incorporan a la regulación político electoral guatemalteca disposiciones que restringen y criminalizan la libertad de emisión del pensamiento”.

Por ello, estas disposiciones normativas han sido “correctamente impugnadas ante la Corte de Constitucionalidad por ser incompatibles con nuestra Constitución, la Ley de Emisión del Pensamiento y los Tratados y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado de Guatemala”, expresa la Cámara Guatemalteca de Periodismo, y recuerda que la sentencia de la CC en 2002, relacionada con la colegiación profesional obligatoria, estableció que la colegiación obligatoria “no alcanza a las profesiones cuya actividad se basa en el atributo humano de pensar y de difundir las ideas ya que dicho atributo, de conformidad con los criterios y su naturaleza, presupone al derecho y, siendo una manifestación de la libertad, no es consecuencia del mismo”.

“Por tanto, condena la pretensión de controlar, censurar y sancionar el ejercicio de la libertad de emisión del pensamiento, a través de las referidas disposiciones legales y reglamentarias impugnadas de inconstitucionalidad, así como demanda de la Corte de Constitucionalidad que, a la brevedad, las deje sin vigencia y las expulse del ordenamiento jurídico guatemalteco”, concluye la agrupación de profesionales, cuyo lema es: “Sin libertad de expresión, sencillamente no hay libertad”.

 

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