Hoy, el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (IRTRA) público en el Diario Oficial un acuerdo en donde se difiere el pago del impuesto de recreación para los meses de junio, julio y agosto, debido a la crisis causada por el COVID-19.
Redacción Perspectiva
A través del Acuerdo 4-2020 publicado hoy en el Diario Oficial, el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (IRTRA) aprobó el pago diferido del impuesto de recreación para los meses de junio, julio y agosto.
Según, el documento las cuotas podrán ser diferidas en 15 pagos mensuales a partir del mes de octubre para completar el pago durante los meses de noviembre y diciembre. La entrega del impuesto de recreación podrá hacerse junto con las contribuciones que efectúen al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
Además, el IRTRA exonerará los recargos por mora e intereses a los patronos que han sido afectados por la pandemia. Por otro lado, las empresas que lo deseen pueden realizar el pago del impuesto en los plazos habituales.
El Acuerdo entra en vigencia a partir del día de hoy, 8 de agosto, avalado por el Acuerdo Ministerial 283-2020 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB).