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lunes, mayo 12, 2025

Líderes religiosos piden a postuladoras “hacer las cosas bien”

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En conferencia de prensa, líderes católicos y evangélicos, leyeron un comunicado que se titula: “La justicia es un derecho de todos los guatemaltecos y esta empieza con elecciones de magistrados probos e íntegros”. La intención de este pronunciamiento, dijo uno de ellos, es que las comisiones postuladoras “hagan bien las cosas”.

Roxana Orantes Córdova

Los sacerdotes, obispos y pastores que exhortaron a las postuladoras para designar jueces íntegros y probos fueron: Monseñor Álvaro Ramazzini, cardenal electo; Juan Manuel Medina, presidente de la Alianza Evangélica de Guatemala; Robin García, presidente del Consejo Apostólico de Guatemala; Monseñor Víctor Hugo Palma, presidente de la diócesis de Escuintla y Giovanni Marroquín, presidente de la Asociación de Ministros Evangélicos.

La inquietud común que unificó a todos estos líderes religiosos es la necesidad que Guatemala tiene de una justicia sin sesgos ideológicos, políticos ni personales, coincidieron en afirmar los ministros mencionados anteriormente.

Según informó Ramazzini, la Iglesia Católica cuenta con una Pastoral que atiende a los privados de libertad y a través de las visitas han constatado las condiciones infrahumanas de la población carcelaria. El prelado afirmó que unos 12 mil guatemaltecos permanecen en las cárceles debido a que no pueden pagar multas.

Muchos han padecido largos períodos de prisión preventiva. Incluso, algunos han permanecido en prisión plazos que igualan las posibles condenas que jamás se han pronunciado, informaron los religiosos.

Otro aspecto que los preocupa es la influencia de “poderes oscuros” que han incidido en la designación de magistrados en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Salas de Apelación, proceso que actualmente se encuentra en marcha. Los magistrados debieran ser los garantes para que los jueces actúen conforme a derecho, expuso Ramazzini, quien considera que los jueces Miguel Ángel Gálvez y Ericka Aifán han demostrado probidad e integridad.

Según dijo, a Gálvez se le vedó la inscripción como candidato por un error mínimo que calificó como “banal”.

Recientemente, el cardenal electo y el grupo de religiosos que emitió el comunicado, solicitaron una reunión a las comisiones de postulación. La respuesta fue negativa y el argumento, que si los recibían a ellos tendrían que recibir igualmente a cualquier grupo civil que pretendiera exponerles sus expectativas, informó.

Por ello, dieron a conocer a los medios de comunicación el documento que habían preparado y del cual Perspectiva presenta una síntesis.

“La justicia empieza con elección de jueces y magistrados probos e íntegros”

El documento signado por los mencionados señala que las postuladoras son el filtro que aseguraría la honorabilidad e idoneidad de los candidatos a ocupar los puestos de jueces y magistrados.

Sin embargo, “Existen jueces y magistrados que han cometido excesos, errores graves y en algunos casos hasta violaciones a la ley, ya sean por acción u omisión, que pueden ser consideradas desde faltas hasta delitos graves”.

Entre las faltas más relevantes señalan:

  1. Exceso de prisión preventiva, con fundamento en los artículos 259,264 y 268 del Código Procesal Penal.

“Evidencia abusos por parte de jueces y magistrados que violan los derechos humanos y garantías constitucionales de algunos sindicados”

  1. Tratamiento como culpable de procesados, con fundamento en el artículo 14 del Código Procesal Penal

En algunos casos, los jueces han mostrado parcialidad hacia los sindicados. Algunos los han tratado como culpables durante juicios orales, donde se ha observado actitud prepotente de parte de los jueces.

  1. Violaciones al principio de igualdad procesal

Con fundamento en el artículo 12 de la Constitución Política de la República y el 21 del Código Procesal Penal

Jueces han otorgado beneficios establecidos en ley a alguna de las partes, restringiendo a la otra parte del mismo beneficio. En estos casos, no queda claro el criterio legal de los jueces, o parece no existir alguno. Un ejemplo de ello es el uso de la figura de colaborador eficaz. Otro ejemplo, es la atención de casos que no son de riesgo, en juzgados de alto riesgo.

  1. Aplazamiento sin sustento de audiencias

Con fundamento en los artículos 3 y 277 del Código Procesal Penal

Audiencias han sido suspendidas y reprogramadas por inasistencia de alguna de las partes. Algunas han sido aplazadas por meses.

 

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