#5272 es el número de la Ley que divide intensamente las opiniones de la ciudadanía. Los abogados Amanda Santizo y Giovanni Fratti exponen dos criterios contrapuestos sobre la normativa, que para la Asociación la Familia Importa, «en vez de salvaguardar la vida y la familia de los guatemaltecos, las perjudican».
Roxana Orantes Córdova
Coincidiendo con la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, el Congreso dio a la ciudadanía una sorpresa que, lejos de constituirse en motivo de alegría, crea polémica y división, no solo entre izquierdas-derechas o globalistas-nacionalistas, sino en casi todos los ámbitos de la sociedad.
Entre los cuestionamientos, está que la propuesta redunda al reiterar o modificar con matices leyes ya escritas hace décadas, promoviendo endurecer la penalización contra el aborto intencional.
Como era de esperarse, los grupos feministas y favorables a la agenda LGBTIQ, reaccionaron inmediatamente con indignación. Lo que resulta inesperado, es que más de un conservador y pro vida, también cuestionan el proyecto de ley.
Incluso AFI, pionera y «punta de lanza» de la cruzada pro vida en Guatemala, reaccionó con molestia y pidió a Alejandro Giammattei vetar la normativa, a través de un comunicado.
¿Una ley para complacer intereses políticos?
Abogados que prefieren no ser mencionados coinciden en que la polémica propuesta no será viable y terminará engavetada como otras miles leyes que fueron abortadas en el camino.
La peculiaridad de esta, es que fue presentada hace cinco años y se retomó oportunamente, horas antes de que Guatemala fuera declarada «Capital pro vida de Latinoamérica y luz contra el aborto», por grupos evangélicos que se reunieron en México.
La obsecuencia complaciente ante los vaivenes del mandatario sería el motivo de apresurar una normativa que además de redundante, transgrede varios derechos constitucionales e incluso, la política pública pro vida del Estado, señala esta opinión.
Otro de los fuertes cuestionamientos es que una democracia republicana en ningún caso debiera legislar basada en los preceptos religiosos de ninguna denominación. El Estado es laico y debiera garantizar los derechos de todos los ciudadanos: hetero y homosexuales, entre otros.
Si el país mantiene esa tendencia a legislar con base en lo que grupos religiosos pretendan, estaremos en riesgo de caer en el oscurantismo más cerril, señala esta opinión.
Fratti: «¿qué es lo terrible de esta ley?
Para Giovanni Fratti, la normativa no debiera motivar el rechazo que está generando. Según dijo a Perspectiva:
«Aumenta las penas para el aborto hasta 12 años de cárcel. Permite el aborto profiláctico, cuando la vida de la madre está en riesgo, con la consulta a otros dos médicos.
Prohíbe insultar o denigrar o denostar a la comunidad LGTBI y también prohíbe obligar a que los hijos de un heterosexual sean educados en la ideología de género y prohíbe que se realice un aborto en cualquiera de las semanas del embarazo.
No es una ley que crea burocracia, no es una ley terrible, como está diciendo el Foro de Sao Paulo y el lobby de Soros en Guatemala.
No entiendo cuál es el escándalo, si es una normativa que solo repite las garantías constitucionales, ¿qué es lo terrible que tiene?
Como abogado que ha revisado el texto de la ley no encuentro ningún ataque, ninguna violación a los derechos de la comunidad LGBTI, al prohibir los ataques e insultos por la mera condición homosexual.
Y también defiende la libertad de conciencia y la libertad individual del heterosexual, que no quiere ser indoctrinado en esa ideología. ¿Qué es lo terrible de esa ley? Si alguien lo sabe, por favor que me lo explique».
Santizo: «presentaré inconstitucionalidad»
Para Amanda Santizo, la ley propuesta no solo es frívola, sino redundante e inconstitucional. Según afirma, pareciera que se hizo para perjudicar a los homosexuales, no para defender la vida, derecho que por otra parte, está plenamente garantizado desde su concepción en la Constitución Política de la República y otras leyes.
Santizo considera que la ley propuesta por religiosos fundamentalistas concede al Estado la potestad de legislar sobre el concepto de normalidad. El artículo 18 es bastante ambiguo en cuanto a que exonera a quien «no considere normal la homosexualidad».
Esto, señala la abogada, es un despropósito, puesto que están legislando sobre algo subjetivo al tiempo que dejan entrever que es aceptable considerar anormales a los homosexuales, cuando a estas alturas de la civilización occidental, está comprobado que la homosexualidad es una preferencia.
Sumado a lo anterior, la ley citada crea confusión al definir el aborto y abre la puerta a que mujeres que sufrieron un aborto espontáneo puedan ser penalizadas, indica.
Además, menciona que existe una clara diferencia entre «agenda de género» y homosexualidad, la cual explicó claramente Agustín Laje a los diputados, cuando se discutió la política pública pro vida, que no aparece en ningún momento en dicha normativa.
No solo Santizo anunció que interpondrá inconstitucionalidad por los despropósitos de la propuesta. También el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, dijo que presentará este recurso contra una normativa que, para muchos, parece fraguada en la época más oscurantista de la historia humana.