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domingo, febrero 16, 2025

Grepalma informa ante las disposiciones del gobierno

Por Redacción Perspectiva

La Gremial de Palmicultores de Guatemala –GREPALMA– emitió un comunicado en el que informa que ante el Estado de Emergencia y Calamidad Pública, y la implementación de fase de mitigación del COVID-19 dentro del territorio nacional informada por el Gobierno de la República de Guatemala, y acatando las Disposiciones Presidenciales en caso de Calamidad Pública y órdenes para el estricto cumplimiento publicadas en el Diario de Centroamérica el día 15 de mayo de 2020 por el Organismo Ejecutivo:

  • El sector palmicultor continúa con la implementación de medidas de higiene y bioseguridad establecidas en el Protocolo de prevención y actuación ante COVID-19 de la agroindustria de aceite de palma de Guatemala y sus respectivas guías de implementación, con la finalidad de resguardar la salud de los trabajadores y colaboradores de la cadena de valor.
  • Según la disposición cuarta, inciso j de las disposiciones presidenciales vigentes, la Industria Alimentaria y de Producción Agrícola, la cual consiste en el conjunto de operaciones materiales que se ejecutan para la producción, transformación y procesamiento de alimentos de consumo humano y animal, así como sus actividades complementarias entre las que se encuentran, transporte, carga, descarga, almacenamiento, empaque, distribución y conservación de ésta y relacionadas, deberán continaur sus actividades, sin opción de cierre.
  • Por lo tanto, los productores de palma de aceite y sus operaciones agrícolas, las plantas de beneficio de aceite de palma, las refinerías, así como la cadena de transporte y logística del sector palmicultor, están autorizados  para continuar sus operaciones y así, asegurar el abastecimiento de materias primas necesarias en la producción de productos de primera necesidad.
  • El personal que trabaja en las operaciones del sector, podrán transportarse entre departamentos sin restricción, estando debidamente identificados, cumpliendo con el uso de la mascarilla y respetando el distanciamiento social como corresponde. Es importante que cada trabajador lleve consigo una carta emitida por la empresa con fecha reciente, e identificación suficiente para presentarla en su trayecto, si la misma le es requerida.
  • Están permitidos los vuelos oficiales, militares, de emergencia, ambulancia, fumigadores y agroindustria, debidamente autorizados y comprobados, desde pistas registradas en la Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • Según la disposición sexta, inciso 3 c) de las disposiciones presidenciales vigentes, a partir del lunes 18 de mayo de 2020, las actividades agrícolas, pecuarias, fitozoosanitarias y de recursos hidrobiológicos, podrán realizar sus actividades en horario de 05:00 a 17:00 horas. Todos los trabajadores deberán portar la mascarilla y mantener el distanciamiento social.

Por último solicitan que las disposiciones sean acatadas como corresponde y agradecen al apoyo a las autoridades para comunicar y velar por el cumplimiento de estás para no entorpecer las operaciones que aseguren y garanticen el abastecimiento de alimentos a nivel nacional.

 

 

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